Abg. Ma. Maritza Da Silva
Directora Ejecutiva SVDA
Profa. Universidad Santa María
maritzadasilva@gmail.com
El advenimiento de los cultivos transgénicos desde mediados de la década de los 90 ha generado una solución para erradicar la hambruna en los pueblos, y garantizar a la población la tan soberanía alimentaria, no obstante, la cuestión es realmente su inocuidad en el metabolismo de la persona humana.
En ausencia de documentación del tipo de alteraciones que pueden causar, bien por la modificación genética de las plantas para hacerlas más nutritivas o más resistentes a los organismos perjudiciales que dañan miles de hectáreas de cosechas, bien porque llega a mejorarlas de tal manera, que acabaría por producir un empobrecimiento de la biodiversidad, surgen diferencias a favor y en contra de estos alimentos.
Las posiciones más criticas están dirigidas a las consecuencias de los Organismos Modificados Genéticamente (OMG), los detractores afirman que no sólo atentan contra la soberanía y seguridad alimentaria sino también alteran la naturaleza de la naturaleza, amen de la incontrolable contaminación genética que su desarrollo deja, eliminando la opción a consumir alimentos naturales idóneos para nuestro sistema alimentario y salud, para los defensores, no existe ningún peligro adicional al hecho de manipular y cultivar plantas transgénicas, pues el control se realiza sobre las características obtenidas y una vez elaborado el vegetal transgénico, las pruebas de calidad, seguridad para el consumidor y la naturaleza son rigurosas.
En América países como Estados Unidos, Argentina, Brasil, Canadá, Paraguay, Uruguay, Australia, México, Colombia y Honduras utilizan cultivos biotecnológicos, siendo el maíz y soja los más consumidos , no observando efectos adversos, pero la falta de pruebas sobre efectos negativos no significan cero riesgo para la salud, así como efectos a largo plazo, hace necesario examinar caso por caso, son las conclusiones emanadas del consenso de las pruebas científicas examinadas por el Consejo Internacional de la Ciencia (International Council of Scientific Unions) concordando con las opiniones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La comunidad científica coincide en el beneficio de la ingeniería genética de manera directa e indirecta para la salud de los consumidores, los primeros, la mejora de la calidad nutricional de los alimentos, reduciendo la presencia de compuestos tóxicos y alérgenos en ciertos alimentos, los segundos, un menor uso de pesticidas, ocasiona un menor enfermedades a las plantas, generando mayor disponibilidad de alimentos a precios accesibles, y la eliminación de compuestos tóxicos del suelo, pero insistiendo en la evaluación sobre estos beneficios.
La preocupación máxima: la transferencia genética modificada a células humanas, que proporcionen resistencia a antibióticos y desarrolle cepas bacterianas resistentes a estos, surgiendo la obligatoriedad del etiquetado transgénico, pues describe cómo han sido obtenidos los productos, qué características especiales incorporan frente a los convencionales, basado en el derecho de los consumidores a saber que consumen para proteger su salud, información adecuada, veraz; y libertad de elección de productos de consumo humano.
La mayoría de los alimentos que se venden en América Latina, no indican si contienen o no transgénicos, pero no por ausencia de legislación, pues en Brasil, Canadá, México, Chile, entre otros, cuentan con normas de etiquetado obligatorio, pero a excepción de Costa Rica, en vías de avanzar.
En Venezuela está prohibida la siembra de cultivos modificados genéticamente, toda vez que las posiciones de gobierno manifiestan alta peligrosidad en el consumo, sumado a la defensa del derecho de las generaciones actuales y futuras a disfrutar de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, enarbolando la bandera de una alimentación y agricultura NO Transgénica para evitar daños a la biodiversidad y a la salud, premisas que no han permitido la invasión de estos alimentos en nuestro país.
No obstante, taxativamente no tenemos regulación expresa, existen disposiciones generales en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, suscrito y ratificado por Venezuela, el Protocolo de Cartagena y la Ley de Gestión y Diversidad Biológica, que despliegan toda una normativa protectora a favor de los no transgénicos.
Le corresponde a la ciencia demostrar la inocuidad transgénica tanto en la salud como en el ambiente, y levantar el velo sobre mentiras claras, verdades ocultas.