En el mes de Julio Acción Climática, Agua y Salud presentó en los municipios Maneiro (Estado Nueva Esparta) y El Hatillo (Estado Miranda) propuestas de Ordenanza de Uso y Administración del Agua, fundamentadas en el Ciclo Hidrológico local propio de cada municipio, como se puede apreciar en las figuras a continuación.
De tal manera que por primera vez en el país se intenta enmarcar el uso y el manejo del agua, en el mantenimiento en los distintos procesos y capacidades hidrológicas de cada localidad. Hemos querido aproximarnos al uso duradero de un ciclo que primordialmente pasa de la fase terrestre superficial, mediante la evaporación de los cuerpos de agua y de la evapotranspiración de las plantas, a la atmosférica, donde ocurre la condensación, formación de nubes y precipitaciones, que retroalimentan la presencia del agua líquida agua y salada, en un planeta donde los mares, océanos, lagos, ríos predominan en su superficie.
Entre estas dos etapas en las se mueve los mayores volúmenes de agua en toda localidad, aparece el componente de menor magnitud, correspondiente al agua que se infiltra. Precisamente con respecto al agua subterránea, se hace un especial hincapié en considerarla como un recurso muy escaso, cuyo uso debe ser producto de una evaluación permanente de la capacidad de carga de los acuíferos, evitando su sobreexplotación y garantizando su extracción bajo condiciones de seguridad ecológica, manteniendo especialmente la cubierta vegetal boscosa y herbácea, geológica, evaluando riesgos como los de subsidencia y sanitaria, garantizando la calidad físico química del suministro no ponga en peligro la salud humana.
En las propuestas presentadas en ambos municipios se establecen orientaciones también para los otros usos alternativos del agua- los que no dependen del suministro de las Hidro en Venezuela- como las de lluvia y las grises. Se hace énfasis, en que los nuevos desarrollos inmobiliarios – los municipios tienen un claro perfil urbano- deben considerar el uso de estas fuentes alternas, siempre y cuando se garantice el mantenimiento del ciclo hidrológico local y propiciando la conservación de las áreas verdes y el uso de equipo eficientes instalados propiciando el reciclaje del agua.
En general las ordenanzas tratan de ser una apuesta para la sustentabilidad de la Acción post-proyecto, y como pieza clave en este sentido, finalizan con el artículo que promueve la corresponsabilidad en la gestión del agua municipal, en el entendido, que al involucrar a la comunidad organizada y formada en los principios del uso sostenible del agua, se garantiza el aprovechamiento duradero en el tiempo de un recurso, que en el país hemos empezado a valorar tanto por la coyuntura COVID 19 como por la persistencia de la Emergencia Humanitaria Compleja de los últimos años.
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