Capítulo Ambiental del Informe Anual de Provea 2016. Chunikai

Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios éticos regulará la materia.

Es una obligación del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos de conformidad con la ley.

Artículo 127 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela.

Capítulo Derecho a un Ambiente Sano del Informe Anual 2016 de Provea  elaborado por Jorge Padrón y Carlos Guariguata de la Asociación Civil Ecológica y Social Chunikai publicado ahora en octubre de 2017

Se analizan distintos aspectos de los hechos ambientales que destacaron en Venezuela durante el 2016, como la problemática del agua y los desechos sólidos y se baja la lupa en un caso emblemático que tiene connotaciones internacionales como lo es el mega-plan minero establecido para el sur del país denominado Arco Minero del Orinoco
Geog. Jorge Padrón
Coordinador de la Asociación Civil Ecológica y Social Chunikai y responsable Cap. Ambiental de Provea

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AmbienteSano- INFORME PROVEA